Asamblea Nacional encabezada por Juan Guaidó ya no tiene potestad para designar rectores del Consejo Nacional Electoral

La tarde de este viernes el Tribunal Supremo de Justicia por medio de la sala Constitucional declaró la «omisión inconstitucional» por parte de la Asamblea Nacional presidida por Juan Guaidó.
Maracaibo, Zulia, Venezuela 05 de junio de 2020 (ND58).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del régimen de Nicolás Maduro declaró este viernes 5 de junio la« omisión inconstitucional» por parte de la Asamblea Nacional legítima, en la designación de los integrantes del Consejo Nacional Electoral (CNE), asimismo, desaplicó artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y ordenó asumir el desarrollo normativo al Consejo Nacional Electoral.

Así lo indica la sentencia N° 0068-2020, con ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que integran la mencionada Sala del Alto Juzgado, en la que se declaró competente para conocer y resolver la demanda por omisión legislativa de la Asamblea Nacional, planteada por los ciudadanos Javier Bertucci, Claudio Fermín, Timoteo Zambrano, Felipe Mujica, Luis Romero, Rafael Marín, Juan Alvarado y Segundo Meléndez, asistidos por el abogado Francisco Matheus, refiere una nota de prensa publicada por el organismo en su portal de Facebook.
Finalmente, la Sala Constitucional del TSJ de Maduro ordenó al CNE adecuar la normativa electoral para la elección de los diputados indígenas respetando sus tradiciones y costumbres.
Redacción: Molero, Luis (@Moleromarquez)| Fuente: Agencias
Edición: Villasmil, Henry
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