Perú finaliza cuarentena total y ahora será focalizada
La medida entrará en vigencia a partir del 1 de julio. Algunas regiones continuarán en aislamiento, así como las personas vulnerables. Gobierno extendió hasta el 31 de julio el estado de emergencia.
Lima, Perú, 27 de junio de 2020 (ND58). Vuelve la «normalidad» a Perú. A partir del 1 de julio queda sin efecto la cuarentena en Perú, tras permanecer por 107 días en aislamiento obligatorio. El anuncio lo realizó, la noche de este viernes 25 de junio, la ministra de la Producción, Rocío Barrios, quien acotó que ahora será focalizada por regiones.
«El primero de julio se levanta la cuarentena. Dejamos la inmovilización social obligatoria y pasamos al distanciamiento social obligatorio. A nivel nacional ya vamos a poder movilizarnos. El horario de inmovilización será de 10:00 pm a 4:00 am, con excepción de seis regiones por los altos índices de contagio, en donde se mantendrá la inmovilización y la cuarentena, incluidos los domingos», señaló en UCI Noticias.
La cuarentena será ahora focalizada para algunas regiones del país y un sector de la población. Las provincias que continuarán con la medida serán Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, ya que en estas la tasa de crecimiento de casos positivos de COVID-19 aún es exponencial, según análisis de especialistas del Gobierno.
Mientras que la población que deberá permanecer en sus casas son Los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y los que presenten comorbilidades.
Además, a nivel nacional se mantendrá el toque de queda, pero con un horario modificado, pues desde el 1 de julio iniciará las 10:00 p.m. y culminará a las 4:00 a.m. del día siguiente, salvo las regiones antes mencionadas, donde esta medida empezará a las 8:00 pm, detalló el diario peruano La República. En relación con los domingos, también se levantó la medida restrictiva de circulación, salvo en las referidas regiones.
A través Decreto Supremo N° 116-2020-PCM emitido por el Consejo de Ministros, quedaron establecidas las medidas que deben cumplir los habitantes para la nueva convivencia social. En este documento, el Gobierno amplió el estado de emergencia nacional hasta el 31 de julio «por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19». Esto implica la restricción del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en todo el país.
La nueva convivencia
Los menores de 14 años pueden realizar desplazamientos fuera del domicilio durante la vigencia del estado de emergencia por hasta 60 minutos (una hora), siempre y cuando salgan con una persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio a una distancia no superior de 500 metros respecto de su residencia. Durante el paseo, se debe mantener una distancia social no menor de dos (2) metros, indicó el diario El Comerio.
En tanto, en bancos, entidades financieras, mercados y supermercados se permite un aforo no mayor del 50%. En todos estos casos, se exige para el ingreso al público, la desinfección previa y el uso obligatorio de mascarillas, así como mantener el distanciamiento social.
Redacción: Chávez, Marian (@Marianchavez27) Fuente: El Comercio, La República
Edición: Villasmil, Henry; Chávez, Marian
Gráficas: Cortesía El Comercio
